sábado, marzo 07, 2015

Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil




El Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil introduce un conjunto de medidas dirigidas a la eficiencia en la actividad de la administración de la justicia, así como en la relación de ésta con los operadores jurídicos y los ciudadanos, a través de la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales.

Los datos del correo electrónico y de número de teléfono podrán ser utilizados para la localización del demandado. Será habitual en la Administración de Justicia, la recepción electrónica de las notificaciones de la Administración, que hasta ahora se reciben en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.

En cuanto a los profesionales que colaboran con la Administración de Justicia, entre los que se encuentran los abogados y procuradores, lejos de suprimir la figura del Procurador de los Tribunales, los colegios de Procuradores estarán obligados a habilitar los medios necesarios de forma que pueda garantizarse el envío y recepción de notificaciones electrónicas en todo el territorio nacional.

La presentación de escritos y documentos, que hasta ahora se realizaba por escrito y en soporte de papel, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán obligados a emplear los medios electrónicos existentes en la Administración de Justicia.

Como medida para mejorar el proceso de juicio verbal, se introduce la figura de la contestación escrita a la demanda, con lo que el demandante irá a juicio conociendo los motivos de oposición del demandado. De esta forma, se posibilitará que las partes puedan acudir a la vista con los medios de prueba precisos, evitándose la citación de testigos y peritos innecesarios.

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